APDAYC y UNIMPRO: Qué Pagas por Poner Música en tu Restaurante
Pones Spotify en el restaurante, suena Marc Anthony de fondo, los clientes están contentos y tú sientes que todo está bien. Pero hay dos organizaciones que monitorean eso y que, si no les has pagado, pueden llegar a tu local con una notificación de cobranza y una demanda por vulneración de derechos de autor que puede costarte entre S/ 535 y S/ 267,500 según lo establecido en el artículo 217° del Decreto Legislativo N° 822 (Ley sobre el Derecho de Autor). Ese mismo Spotify que pagas mensualmente te autoriza a escuchar música en casa, pero no a reproducirla en un negocio comercial.
APDAYC (Asociación Peruana de Autores y Compositores) y UNIMPRO (Unión Peruana de Productores Fonográficos) son las dos entidades de gestión colectiva de derechos musicales en Perú. Son distintas, cobran por separado y ambas tienen respaldo legal para exigirte el pago si pones música en tu restaurante.
Insight PANCA: Muchos dueños de restaurantes pagan APDAYC pero no saben que también deben pagar UNIMPRO, o viceversa. Son cobros distintos que protegen a distintos titulares de derechos. Pagarle a una no te exime de la otra.
Tabla de Contenidos
- ¿Quiénes son APDAYC y UNIMPRO y qué protegen?
- ¿Cuándo está obligado tu restaurante a pagar?
- Tarifas de APDAYC para restaurantes
- Tarifas de UNIMPRO para restaurantes
- Cómo pagar y obtener las licencias
- Multas y consecuencias por no pagar
- Alternativas legales para no pagar (o pagar menos)
- Preguntas Frecuentes
- Conclusión
¿Quiénes son APDAYC y UNIMPRO y qué protegen?
La base legal está en el Decreto Legislativo N° 822 — Ley sobre el Derecho de Autor y sus modificatorias, así como en los tratados internacionales suscritos por Perú (Convenio de Berna, Convención de Roma).
APDAYC — Asociación Peruana de Autores y Compositores
Gestiona los derechos de autores y compositores: los creadores de las letras y las melodías de las canciones. Cuando pones una canción de Shakira, Chabuca Granda o Gian Marco, APDAYC recauda en nombre de quienes escribieron y compusieron esa música.
UNIMPRO — Unión Peruana de Productores Fonográficos
Gestiona los derechos de los productores fonográficos y artistas intérpretes: las disqueras y los músicos que grabaron la versión específica de esa canción. Si pones la grabación original de “La Flor de la Canela” por Chabuca Granda, UNIMPRO recauda por la grabación (el fonograma), y APDAYC recauda por la composición.
En resumen: APDAYC protege al compositor. UNIMPRO protege a quien grabó y produjo. Aunque sea la misma canción, son dos derechos distintos y debes pagar a ambos.
¿Cuándo está obligado tu restaurante a pagar?
Si pones música en tu local de cualquiera de estas formas, estás sujeto al pago:
- Radio encendida (radio AM/FM).
- Spotify, YouTube, Amazon Music u otro servicio de streaming.
- CDs, USB con música, playlist en el celular conectado al equipo de sonido.
- Música en vivo (bandas, cantantes contratados).
- Televisión con contenido musical (videoclips, shows musicales).
- Hilo musical (servicio de música ambiental contratado a un tercero).
La única excepción es si pones música libre de derechos (dominio público o Creative Commons con licencia comercial libre). Las obras pasan a dominio público 70 años después de la muerte del autor, según el artículo 52° del D.Leg. N° 822.
Tarifas de APDAYC para restaurantes
APDAYC establece sus tarifas en función del tipo de establecimiento y el aforo. Las tarifas son establecidas por el Consejo Directivo de Indecopi y publicadas en el diario oficial El Peruano. A continuación, tarifas referenciales para 2026 (sujetas a actualización anual):
| Tipo de establecimiento | Aforo | Tarifa mensual aprox. |
|---|---|---|
| Restaurante / cafetería pequeño | Hasta 50 personas | S/ 35 - S/ 60 |
| Restaurante mediano | 51 a 150 personas | S/ 80 - S/ 150 |
| Restaurante grande / salón de eventos | Más de 150 personas | S/ 200 - S/ 400 |
| Bar / pub con música en vivo | Cualquier aforo | S/ 300 - S/ 800 |
| Local con show en vivo ocasional | Por evento | S/ 150 - S/ 500 por evento |
Las tarifas exactas se calculan aplicando la tabla oficial de APDAYC. Puedes solicitarla directamente en sus oficinas (Av. Arequipa 2595, Lince, Lima) o en su página web.
Tarifas de UNIMPRO para restaurantes
UNIMPRO también publica sus tarifas en El Peruano. Son independientes de las de APDAYC:
| Tipo de establecimiento | Aforo | Tarifa mensual aprox. |
|---|---|---|
| Restaurante / cafetería pequeño | Hasta 50 personas | S/ 25 - S/ 50 |
| Restaurante mediano | 51 a 150 personas | S/ 60 - S/ 120 |
| Restaurante grande | Más de 150 personas | S/ 150 - S/ 300 |
| Bar / pub | Cualquier aforo | S/ 200 - S/ 600 |
Costo total estimado (APDAYC + UNIMPRO) para un restaurante mediano de 80 personas: aproximadamente S/ 140 - S/ 270 al mes, dependiendo del tipo de música y el aforo exacto.
Cómo pagar y obtener las licencias
Con APDAYC:
- Acércate a las oficinas de APDAYC (Av. Arequipa 2595, Lince) o escríbeles por correo (informes@apdayc.org.pe).
- Describe tu establecimiento: tipo de local, aforo, días y horario de funcionamiento, tipo de reproducción musical.
- Te calcularán la tarifa correspondiente.
- Firma el contrato de licencia y realiza el pago (mensual o anual).
- Conserva el contrato firmado y los comprobantes de pago — son tu respaldo legal.
Con UNIMPRO:
- Contacta a UNIMPRO (Av. José Pardo 138, Miraflores, Lima) o por su web (unimpro.org.pe).
- El proceso es similar: informas las características de tu local, te dan la tarifa, firmas la licencia y pagas.
Muchos restaurantes no saben que pueden pagar ambas licencias de manera relativamente rápida y sin trámites complicados. La burocracia es mínima; el costo es razonable.
Multas y consecuencias por no pagar
El artículo 217° del Decreto Legislativo N° 822 tipifica la infracción a los derechos de autor como delito penal (pena privativa de libertad de 2 a 8 años en los casos más graves). En el ámbito administrativo civil, las consecuencias son:
| Consecuencia | Descripción |
|---|---|
| Cobranza por uso no autorizado | APDAYC o UNIMPRO pueden cobrarte retroactivamente desde la fecha en que iniciaste las reproducciones |
| Indemnización civil | Hasta el triple del valor de la licencia no pagada más daños y perjuicios |
| Medida cautelar inmediata | El Poder Judicial puede ordenar el retiro de los equipos de sonido del local |
| Denuncia penal | En casos de reincidencia o escala comercial, procede la acción penal |
| Sanción INDECOPI | INDECOPI puede imponer multas de 1 a 50 UIT (S/ 5,350 - S/ 267,500) |
En la práctica, APDAYC y UNIMPRO suelen preferir llegar a un acuerdo de pago antes que llegar a juicio. Pero si recibes una notificación, respóndela de inmediato y regulariza el pago cuanto antes.
Alternativas legales para no pagar (o pagar menos)
Si el costo de las licencias te parece elevado, tienes opciones:
1. Música en dominio público
Compositores fallecidos hace más de 70 años están en dominio público. Mozart, Beethoven, música barroca, valses criollos del siglo XIX. Puedes crear playlists con estas obras sin pagar derechos de autor. Ojo: Sigue debiendo UNIMPRO si la grabación es moderna (la grabación de una sonata de Mozart por una orquesta contemporánea tiene derechos propios del productor).
2. Servicios de música para negocios
Plataformas como Soundtrack Your Brand, Mood Media o PlayNetwork tienen licencias comerciales incluidas en su tarifa mensual para negocios. Pagas una sola tarifa que ya incluye los derechos y estás cubierto. Cuestan entre S/ 80 y S/ 200 al mes.
3. Creative Commons
Existen artistas que publican su música con licencia Creative Commons que permite uso comercial (licencia CC BY o CC BY-SA). Plataformas como ccmixter.org o Free Music Archive tienen catálogos.
4. Silencio estratégico
Algunos restaurantes simplemente prescinden de la música de fondo. Si tu propuesta de valor está en la comida y la conversación, puede ser incluso una ventaja diferencial.
Preguntas Frecuentes
¿Si pago Spotify for Business, ya no necesito pagar APDAYC ni UNIMPRO?
No exactamente. Spotify for Business (a través de su servicio de música para negocios) gestiona licencias en algunos países, pero en Perú la situación es compleja. Lo más seguro es consultar directamente con APDAYC y UNIMPRO si el servicio de música para negocios que usas ya tiene acuerdos con ellos. En muchos casos, la respuesta es que igual debes pagar las licencias nacionales.
¿La radio de fondo también requiere pagar APDAYC y UNIMPRO?
Sí. La reproducción de radio en un negocio comercial (lo que los abogados llaman “comunicación pública”) está sujeta al pago de derechos. La radio ya pagó sus derechos para transmitir, pero tú también los debes por comunicarla al público en tu local.
¿Y si la música la pone el cocinero en su celular solo para la cocina?
Si la música no se escucha en el área de atención al cliente, técnicamente no es una comunicación pública al consumidor y no estarías sujeto al cobro. Pero si el sonido trasciende a la sala del restaurante, sí aplica.
¿Pueden fiscalizarme sin aviso?
Sí. Los representantes de APDAYC y UNIMPRO pueden visitar tu local como clientes, constatar que hay música y luego notificarte. No necesitan autorización previa para constatar el uso.
¿Puedo negociar una tarifa menor con APDAYC o UNIMPRO?
Las tarifas están fijadas por tablas oficiales aprobadas por INDECOPI, así que el margen de negociación es limitado. Sin embargo, puedes pagar una tarifa más baja si reduces el aforo declarado o si solo usas música en ciertos días/horas.
Conclusión
Poner música en tu restaurante es un derecho que tienes, pero es un derecho que debes pagar. APDAYC y UNIMPRO no son organismos del Estado ni están persiguiendo a los restaurantes sin razón: representan a los artistas y productores peruanos que viven de su trabajo creativo.
El costo total de las dos licencias (entre S/ 60 y S/ 270 al mes para un restaurante mediano) es razonable si lo comparas con el riesgo de una demanda civil por derechos de autor. Regulariza tu situación, solicita las licencias y pon la música que quieras sin preocupaciones.
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